El grave riesgo que para la sanidad animal, y en consecuencia, para la salud pública, pueden presentar los cadáveres de los animales conlleva a la aprobación de distintas normas sanitarias que regulan la recogida, transporte y transformación y eliminación de éstos.
Así, en mayo de 2003 entró en vigor el Reglamento (CE) 1774/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas sanitarias aplicadas a los subproductos no destinados al consumo humano. A finales de ese año el Gobierno de Aragón declara la recogida de cadáveres en explotaciones ganaderas servicio público. Para ello, en 2005, desarrolla el Reglamento de Servicio Público de Recogida de cadáveres de animales en explotación y nombra a la empresa pública Sociedad de Infraestructuras Rurales Aragonesas, S.A. (SIRASA) gestor del servicio de recogida como medio propio de la Administración.
La implantación del servicio se realiza de forma progresiva, comenzó en 12 comarcas y, se extenderá en 2006 al resto de las comarcas de las tres provincias.
Los ganaderos aragoneses tienen dos posibilidades de acceder a servicio público de recogida de animales muertos: suscribiendo una póliza de seguro de recogida de animales muertos con Agroseguro o mediante el pago directo del servicio a SIRASA.
Las únicas explotaciones ganaderas que están exentas, hasta 2007, de la obligación de incorporación al sistema de recogida de cadáveres en explotación son:
Las explotaciones de ovino y caprino con menos de 400 animales.
Las explotaciones de conejos con menos de 400 reproductoras.
Las explotaciones de aves con menos de 15.000 plazas broiler y 20.000 de ponedoras.
Con carácter excepcional, las especies ovina y caprina con menos de 20 kilos.
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Fuentes:
Revista Surcos de Aragón, Gobierno de Aragón, Nº 96 de 2006
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